Tratos y penas crueles, inhumanas y degradantes por elementos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas en Tonalá.


Tonalá, Chiapas a 13 de Marzo del 2014
Boletín Num 02

Tratos y penas crueles, inhumanas y degradantes por elementos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas en Tonalá.

  • Detención Arbitraria por elementos de la Policía Ministerial y realizan extracción de Sangre para estudios de ADN.

Este Centro de Derechos Humanos ha recibido información por parte del C. MARIO ALEXANDER TRUJILLO ROQUE que en adelante señalaremos como Mario, originario de la Cd. de Arriaga, Chiapas que el día 27 de Febrero del 2014 aproximadamente a las 2:30 pm se encontraba en las instalaciones del Juzgado Civil de Primera Instancia en la Cd. de Tonalá, Chiapas en compañía de los Sres. Eduardo Alonso Martínez Silva y Amaury Luis Medina Gines,  cuando tres elementos de la Policía Ministerial a bordo de una camioneta Color Blanca tipo Durango de la marca Dodge, dos del sexo masculino y una del sexo Femenino lo detuvieron sin presentarle ningún documento que justificara la detención para que posteriormente lo subieran a dicha camioneta y fue trasladado a la Comandancia Regional de la Policía Ministerial para efectos de realizar la puesta a disposición, estando en ese lugar alrededor de 10 minutos aproximadamente.

Después lo trasladaron a Servicios Periciales con el Dr. Saúl Camacho, recibiéndolo una secretaria de dichas oficinas para realizar el dictamen pericial medico de integridad física, en donde estuvo alrededor de 10 minutos.

Acto seguido fue trasladado a las oficinas de la Fiscalía Regional Ismo Costa y fue presentado ante el Ministerio público  de la mesa de Tramite Uno atendido por el LIC. LEYVER NUCAMENDI PEREZ, quien instruyo fuera llevado a un cuarto dentro de dicha fiscalía para extraerle una muestra de sangre sin su consentimiento por lo que una persona entro a dicho cuarto sin identificarse y procedió a pinchar el dedo índice de la mano derecha, obligándolo a realizar dicha diligencia sin asistencia de abogado alguno.

Posteriormente que realizaron la extracción de sangre fue llevado  de nueva cuenta ante el Ministerio Publico el LIC. LEYVER NUCAMENDI PEREZ  para rendir su Declaración Ministerial y sin que se le explicara la razón de su detención, o quien o quienes habían interpuesto denuncia en su contra, Así mismo  se le fue asignado un abogado que no solicito y que no conocía, pero sobretodo que en ningún momento lo autorizo para que fungiera como su Abogado-Defensor sin embargo el Ministerio Publico hizo caso omiso y procedió a realizar la Diligencia por lo que el señor  MARIO  al ver su estado de indefensión solo dijo que no quería declarar  y que solo lo haría cuando tuviera un abogado de su plena confianza.

Por lo que con fecha 28 de Febrero  el C. MARIO ALEXANDER TRUJILLO ROQUE  en compañía de su abogado se dirigió al Fiscal del Ministerio Publico a cargo de la Mesa de Tramite Numero 1 para efectos que proporcionaran información respecto a su detención por lo cual lograron conocer  que le día 31 de Enero del 2014 se presentó ante la LIC. YASMIN SIERRA LOPEZ FISCAL EN TURNO y el Secretario De Acuerdos LIC. JORGE RUIZ IGLESIAS la C. ROSARIO TRUJILLO DOMINGUEZ, autorizando como su Abogado para oír Notificaciones el LICENCIADO FRANCISCO ROSAS PALACIOS quien lo acusa de Delito de CONTRA EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS Y FALSEDAD EN DECLARACIONES E INFORMES DADOS A UNA AUTORIDAD establecidos en los ARTICULOS 266, 267 406, 408 del Código Penal, pero también se percató que es acusada dentro de dicha Acta su Señora Madre la C. MARIA LUISA ROQUE PRADO, asignándose el número  de  ACTA ADMINISTRATIVA 65/2014 la cual fue turnada a la Mesa de Tramite número 1 en la Fiscalía Regional Istmo Costa.

Siendo los agentes aprehensores los CC. HUGO MAURICIO ROJAS FAVIEL Y JORGE DURANTE ESTRADA adscritos a la Policía Ministerial del Estado quienes realizaron la detención así como tampoco se hizo de su conocimiento el motivo de la detención y en dicho oficio no se señala que se tenga que extraer muestra de sangre. Por lo que existen diversas violaciones de Derechos humanos como son al  derecho a la libertad, integridad y seguridad personal, seguridad ciudadana, a la honra y a la dignidad, a la no discriminación, a los derechos del debido proceso, garantías judiciales, contemplados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos en los artículos: 1°, 5°, 7°,11°, 14° y 24° además de otros Convenios y Tratados Internacionales promovidos, firmados y ratificados por el Estado mexicano.

Por lo que este Centro de Derechos Humanos exige al Gobierno de Chiapas a través de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas:

  • Se garantice en todo momento la integridad física, psicológica y emocional del Sr. Mario Alexander Trujillo Roque.
  • Se realice una investigación pronta, imparcial, y se castigue y sancione a los responsables de estos hechos.
  • Se inicie la investigación en contra de los elementos adscritos a la PGJE, al Fiscal del Ministerio Público LIC. YASMIN SIERRA LOPEZ FISCAL EN TURNO y el Secretario De Acuerdos LIC. JORGE RUIZ IGLESIAS así como del LIC. LEYVER NUCAMENDI PEREZ, Fiscal del Ministerio Publico de la mesa de Tramite Uno, a los agentes aprehensores y a personal de la Dirección de Servicios Periciales de la PGJE. 
  • Se garantice en todo momento el derecho al debido proceso y las garantías judiciales.

Antecedentes:


El Joven Mario Alexander Trujillo Roque es originario de la Cd. de Arriaga, ha presentado diversas denuncias penales ante el Fiscal del Ministerio Publico de la Cd. de Arriaga por diversas razones entre ellas despojo, abigeato, Abuso de confianza, fraude, en contra de los Sras. Gregoria Trujillo Cigarroa, Abdalina y rosario Trujillo Domínguez, y ninguna de estas denuncias ha procedido salvo la que le ha integrado en su contra por los delitos contra el estado civil de las personas.

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